Declaración sobre ética y malas prácticas en la publicación científica (PEMS)

El Comité Editorial de Materiales para la Historia del Deporte está comprometido con la comunidad científica para garantizar la ética y calidad de los artículos publicados. La revista está totalmente comprometida a cumplir y mantener los estándares de comportamiento ético en todas las etapas del proceso de publicación. Nuestra revista adopta el código de buenas prácticas científicas aprobadas por el CSIC en marzo de 2010 y  los acuerdos de buenas prácticas adoptadas por el Committee on Publication Ethics (COPE). Los artículos publicados y todo el proceso editorial deben atenerse a los principios y criterios éticos de estos códigos. Al mismo tiempo, garantiza una adecuada respuesta a las necesidades de los lectores y autores, asegurando la calidad de lo publicado, protegiendo y respetando el contenido de los artículos así como la integridad de los mismos. El Comité Editorial se compromete a publicar las correcciones, aclaraciones, retracciones y disculpas cuando sea preciso.

En cumplimiento de estas buenas prácticas, Materiales para la Historia del Deporte tiene publicado el sistema de arbitraje que utiliza para la selección de artículos así como los criterios de evaluación que deben aplicar los evaluadores externos (anónimos y por pares ciegos). Materiales para la Historia del Deporte mantiene actualizados estos criterios, basados exclusivamente en la relevancia científica del artículo, originalidad, claridad y pertinencia del trabajo presentado.

En cuanto a las responsabilidades de los editores, tanto la Asociación Andaluza de Historia del Deporte como la Universidad Politécnica de Madrid, en nombre de la cual publica, velarán por que las buenas prácticas se mantengan conforme a las normas expuestas a continuación.

Los miembros del comité editorial son reconocidos expertos en la materia; Los nombres completos y las afiliaciones de los miembros se proporcionan en la página web de la revista, así como la información de contacto del Comité Editorial: http://polired.upm.es/index.php/materiales_historia_deporte/about/contact

Todo el contenido de la revista está sujeto a revisión por pares. Por lo tanto, Materiales para la Historia del Deporte garantiza que todos los dictámenes y conclusiones en el proceso de revisión por pares deben ser objetivos. Antes de la evaluación, se confirma que los revisores no tienen conflictos de intereses, y asesoran a los autores con artículos publicados de relevancia. El proceso asegura que los artículos serán tratados confidencialmente antes de su publicación. El proceso de revisión por pares se describe aquí en detalle: http://polired.upm.es/index.php/materiales_historia_deporte/about/editorialPolicies#peerReviewProcess

 

1. Responsabilidades éticas

El Comité Editorial se compromete a publicar correcciones, aclaraciones, retracciones y disculpas cuando sea necesario. Nuestra revista garantiza en todo momento la confidencialidad del proceso de evaluación: el anonimato de los revisores y los autores, el contenido evaluado, el informe de revisión emitido por los revisores y cualquier otra comunicación presentada por la editorial y el comité científico. De la misma manera, se mantendrá la confidencialidad antes de cualquier aclaración o queja que el autor desee enviar a los comités de la revista o a los revisores del artículo. Siguiendo atentamente las directrices de COPE, las responsabilidades éticas se describen de la siguiente manera con respecto a los editores, revisores y autores:

1.1. Responsabilidades de los editores

• Actuar de manera igualitaria, objetiva y justa en el desempeño de sus funciones previstas, sin discriminación por motivos de género, orientación sexual, creencias religiosas o políticas, origen étnico o geográfico de los autores.

• Manejar los envíos de artículos con patrocinio o de números especiales special issues de la misma manera que el resto de envíos, para que los artículos sean considerados y aceptados únicamente por su mérito académico y sin influencia comercial.

• Adoptar y seguir los procedimientos razonables en el caso de quejas de naturaleza ética o de conflicto, de acuerdo con las políticas y procedimientos académicos cuando corresponda. Dar a los autores una oportunidad razonable de responder a cualquier queja. Todas las quejas deben ser investigadas sin importar cuándo se aprobó la publicación original. La documentación asociada con tales quejas debe ser guardada.

1.2. Responsabilidades de los revisores

• Declarar posibles conflictos de intereses (por ejemplo, cuando el autor tenga intereses (reales o aparentes) que puedan ser considerados o vistos como una influencia indebida en sus funciones en cualquier etapa durante el proceso de publicación).

• Confirmar/afirmar que el manuscrito tal como se presentó no está bajo consideración o aceptado para publicación en otro lugar. Donde las partes del contenido coincidan con contenido publicado o enviado, el revisor debe reconocer y citar esas fuentes. Además, debe proporcionar al editor una copia de cualquier manuscrito enviado que pueda contener contenido coincidente o estrechamente relacionado.

• Confirmar que todo el trabajo en el manuscrito enviado es original y reconocer y citar el contenido reproducido de otras fuentes. Obtener permiso para reproducir cualquier contenido de otras fuentes.

1.3. Responsabilidades de los autores

• Para confirmar / afirmar que el manuscrito tal como se presentó no está bajo consideración o aceptado para publicación en otro lugar. Donde las partes del contenido se superpongan con el contenido publicado o enviado, para reconocer y citar esas fuentes. Además, proporcionar al editor una copia de cualquier manuscrito enviado que pueda contener contenido superpuesto o estrechamente relacionado.

• Confirmar que todo el trabajo en el manuscrito enviado es original y reconocer y citar el contenido reproducido de otras fuentes. Obtener permiso para reproducir cualquier contenido de otras fuentes.

• Para participar en el proceso de revisión por pares, y están obligados a ofrecer retracciones o correcciones de errores; Deben proporcionar una lista de referencias y apoyo financiero si es necesario

• Declarar posibles conflictos de intereses (por ejemplo, cuando el autor tenga intereses (reales o aparentes) en competencia que puedan ser considerados o vistos como ejerciendo una influencia indebida en sus funciones en cualquier etapa durante el proceso de publicación).

• Notificar en la mayor brevedad posible al editor de la revista o editor si se identifica un error significativo en su publicación. Cooperar con el editor y los revisores para publicar una errata, adición, rectificación o retirar el artículo, cuando se considere necesario.

2. Procedimiento en caso de conductas inapropiadas

Materiales para la Historia del Deporte declara su compromiso por el respeto e integridad de los artículos ya publicados. Por esta razón, el plagio está estrictamente prohibido. Al aceptar los términos y acuerdos expresados por nuestra revista, los autores deben asegurarse de que el artículo y los materiales asociados con él son originales o no infringen los derechos de autor. Los autores también tienen que justificar que, en el caso de una autoría compartida, hubo un acuerdo completo de todos los autores afectados y que no ha sido previamente presentado o publicado en otra revista u otro tipo de divulgación.

2.1. Identificación de conductas inapropiadas

  • La mala conducta y el comportamiento poco ético pueden ser identificados y llevados a la atención del editor y editor en cualquier momento, por cualquier persona.
  • La mala conducta y el comportamiento poco ético pueden incluir, pero no deben limitarse, a los ejemplos como los descritos anteriormente.
  • Quien informe al editor o al editor de dicha conducta debe proporcionar suficiente información y pruebas para que se inicie una investigación. Todas las alegaciones deben tomarse seriamente y ser tratadas de la misma manera, hasta que se alcance una decisión o conclusión exitosa.

2.2. Investigación

  • El editor debe tomar la decisión de iniciar una investigación y consultar o buscar el asesoramiento de la editorial y oficina jurídica, según sea el caso.
  • Se debe recopilar la evidencia y evitar su difusión hacia la comunidad científica. 
  • Los textos identificados como plagio o su contenido sea fraudulento serán eliminados de la revista si ya se hubieran publicado o no se publicarán. La revista actuará, en estos casos, con la mayor celeridad posible.

2.3. Infracciones leves y graves

  • Se puede dar solución a las infracciones leves sin necesidad de mayores consultas.  En cualquier caso, se le debe conceder al autor la oportunidad de responder a las acusaciones.
  • Para el caso de conductas inapropiadas graves, es probable que se notifique a los empleadores del acusado (universidad o institución de afiliación).  El editor, con la asesoría de la editorial, es quien decide si debe o no involucrar a la institución de pertenencia; para ello deben examinar la evidencia disponible ellos mismos o con la ayuda de un número limitado de expertos.

2.4. Consecuencias (en orden de menor a mayor nivel de severidad).

  • Se le informa al autor o revisor que se ha detectado un malentendido o mala aplicación de las normas aceptables.
  • Se le informa al autor o revisor por medio de una carta más enérgica, en la que se explique la conducta inapropiada y que sirva como advertencia para el futuro.
  • Publicación de un aviso formal en el que se detalle la conducta inapropiada.
  • Publicación de un editorial en el que se detalle la conducta inapropiada.
  • Envío de una carta oficial al jefe del departamento de autores o revisores o agencia patrocinadora.
  • Rechazo formal de la publicación de la revista, junto con un aviso al  jefe  del departamento de autores o revisores, servicios de indexación y resumen y a los lectores de la publicación.
  • Embargo oficial sobre las contribuciones de un individuo/autor por un período definido.
  • Envío de un informe, donde se reporte el caso y su resultado, a una organización profesional o autoridad superior para mayor investigación y acción.

 

3. Inteligencia Artificial (IA)

Materiales para la Historia del Deporte sigue de cerca los avances en este campo y revisará (y actualizará) estas políticas según proceda.

3.1. Autoría de IA

Los grandes modelos de lenguaje (Large Language Model [LLM]), como ChatGPT, no satisfacen actualmente nuestros criterios de autoría. En particular, la atribución de autoría conlleva la responsabilidad por el trabajo, que no puede aplicarse eficazmente a los LLM.   El uso de un LLM debe documentarse adecuadamente en la sección de Métodos (y si no se dispone de una sección de Métodos, en una parte alternativa adecuada) del manuscrito. No es necesario declarar el uso de un LLM (u otra herramienta de IA) con fines de «edición asistida por IA». En este contexto, definimos el término «edición de textos asistida por IA» como la mejora asistida por IA de textos generados por humanos para mejorar su legibilidad y estilo, y para garantizar que los textos no contengan errores gramaticales, ortográficos, de puntuación ni de tono. Estas mejoras asistidas por IA pueden incluir cambios en la redacción y el formato de los textos, pero no incluyen el trabajo editorial generativo ni la creación autónoma de contenidos. En todos los casos, debe haber un responsable humano de la versión final del texto y un acuerdo por parte de los autores de que las ediciones reflejan su trabajo original.

3.2. Imágenes de la IA generativa

La rápida evolución del campo de la creación de imágenes generativas de IA ha dado lugar a nuevos problemas legales de derechos de autor e integridad de la investigación. Como editores, seguimos estrictamente la legislación vigente sobre derechos de autor y las mejores prácticas en materia de ética de la publicación. Mientras las cuestiones legales relativas a las imágenes y vídeos generados por IA sigan sin resolverse ampliamente, Materiales para la Historia del Deporte no puede permitir su uso para la publicación. 

Excepciones:

•    Imágenes/arte obtenidas de agencias con las que la U.P.M. tenga relaciones contractuales y que hayan creado imágenes de una manera legalmente aceptable.
•    Las imágenes y los vídeos a los que se haga referencia directa en un artículo que trate específicamente sobre IA se revisarán caso por caso.
•    El uso de herramientas de IA generativa desarrolladas con conjuntos específicos de datos científicos subyacentes cuya exactitud pueda atribuirse, comprobarse y verificarse, siempre que se respeten las restricciones éticas, de derechos de autor y de condiciones de uso.
*Todas las excepciones deben etiquetarse claramente como generadas por IA dentro del campo de la imagen.

Atención: no todas las herramientas de IA son generativas. El uso de herramientas de aprendizaje automático no generativas para manipular, combinar o mejorar imágenes o figuras existentes debe indicarse en el pie de foto correspondiente en el momento del envío para permitir una revisión caso por caso.

3.3. Uso de la IA por los revisores

Los revisores desempeñan un papel fundamental en la publicación científica. Sus evaluaciones y recomendaciones orientan a los editores en sus decisiones y garantizan que la investigación publicada sea válida, rigurosa y creíble. Los editores seleccionan a los revisores principalmente por su profundo conocimiento del tema o los métodos del trabajo que se les pide que evalúen. Esta experiencia es inestimable e insustituible. Los revisores son responsables de la exactitud y las opiniones expresadas en sus informes, y el proceso de revisión por pares se basa en un principio de confianza mutua entre autores, revisores y editores. A pesar de los rápidos avances, las herramientas de IA generativa tienen limitaciones considerables: pueden carecer de conocimientos actualizados y producir información sin sentido, sesgada o falsa. Los manuscritos también pueden incluir información sensible o privada que no debe compartirse fuera del proceso de revisión por pares. Por estas razones pedimos que, mientras MHD explora la posibilidad de proporcionar a nuestros revisores por pares acceso a herramientas de IA seguras, los revisores por pares no carguen manuscritos en herramientas de IA generativa.

Si alguna parte de la evaluación de las afirmaciones hechas en el manuscrito fue de alguna manera apoyada por una herramienta de IA, pedimos a los revisores por pares que declaren el uso de tales herramientas de forma transparente en el informe de revisión por pares.