Nuevos instrumentos para la producción de ciudad: la gestión del urbanismo en la escala intermedia. La experiencia de la legislación valenciana.

Gerardo Roger Fernández Fernández

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Resumen


Índice
  1. Introducción. Constantes históricas del urbanismo español
  2. Una aparente explicación a los problemas.
  3. Efectos perversos derivados de una reclasificacion indiscriminada.
  4. Hacia un modelo de desarrollo urbano deseable y sostenible.
  5. El origen de los problemas. El propietario de suelo como hegemónico agente urbanizador.
  6. La ineficiencia del sistema tradicional.
  7. Necesidad de reformular la gestión de la urbanización.
  8. Programación lúcida de la producción de ciudad.
  9. Efectos jurídico-económicos de la reclasificación de suelo en la legislación estatal.
  10. La necesaria reformulación del viejo sistema legal de planeamiento.
  11. La extensión del modelo a la ciudad consolidada. El papel del edificador y del rehabilitador.
  12. Adecuación del modelo propuesto al marco constitucional. Efectos de la sentencia. Del tribunal constitucional y compatibilidad con la ley estatal 6 / 98.

Resumen

La ejecución del urbanismo en la escala intermedia, en el marco jurídico tradicional español, se confía a dos operadores exclusivos: a la Administración para actuaciones de utilidad pública y a los propietarios del suelo para las de utilidad privada. A pesar de ello, la eficacia del sistema ha resultado totalmente insatisfactoria: el suelo urbanizable no se urbaniza adecuadamente, el urbano se densifica y congestiona, el rústico se ocupa indiscriminadamente y el problema de la vivienda no se resuelve. Diversas legislaciones autonómicas están promoviendo nuevos marcos jurídicos que pretenden dar respuesta a los problemas señalados. En concreto, la Ley Valenciana de 1994 ha sido la primera en la creación del nuevo modelo. El sistema se basa en la consideración como función pública que caracteriza a la actividad de crear infraestructuras urbanas de uso y dominio públicos, es decir, de la actividad de urbanizar. De acuerdo con ello, su ejecución deberá ser realizada bien por la Administración por gestión directa, bien por un particular, propietario o no de los suelos a urbanizar, en régimen de concurrencia por gestión indirecta. De esta forma, se quiebra el bloqueo oligopolista que blindaba el mercado de suelo urbanizaba abriéndolo a la concurrencia, a la competencia, bajo control público, compaginando de manera inteligente la actividad empresarial con la función pública. Estos son los nuevos modelos que se están recogiendo en diversas legislaciones autonómicas y cuya experiencia aplicativa viene siendo valorada globalmente como positiva, sin perjuicio de su necesaria perfectabilidad en el tiempo.


Abstract

Within the traditional Spanish legal framework, mid-sized urban development has always been left up to two operators: the Government, for development aimed at public use, and property owners, for development aimed at private use. Despite this, the system has not been at all effective: land for development has failed to be developed satisfactorily, developed land have become denser and more congested, the countryside has been indiscriminately occupied and the problems of housing have not been resolved. There are a number of regional laws that now promote developing new legal frameworks to try to address these problems. The Valencian Act of 1994 was the first to create such a model. The model is based on it being a public duty to create urban infrastructure in the public domain and for public use. Development should be carried out either by the Government, who would be directly responsible for its management, or by an individual (possibly but not necessarily the owner of the land to be developed) in a competitive environment with indirect management. This would break the oligopolistic hold that blocks the building-land market and open It up to competition, under public control, in a way that intelligently combines business activities with public duties. These new models are appearing in various regional laws and the hands-on experience gained from their application is generally considered positive, even though they still need to be perfected overtime.


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